Las diversas fuerzas que componen el Encuentro Progresista acuerdan las
siguientes bases:
I. Bases del Acuerdo y Proyecto
político
1. El Encuentro Progresista constituye una
alianza política con carácter permanente de fuerzas que, en el marco del sistema
democrático representativo pretende mediante una amplia participación de la ciudadanía,
introducir transformaciones profundas en el país, tendientes a la construcción de una
sociedad democrática, progresista y solidaria, a través del impulso de un desarrollo
socialmente justo y económicamente autosostenido.
2. Por consiguiente, sus lineamientos programáticos básicos implican un proyecto
político de orientación radicalmente opuesta a las políticas neoliberales,
implementadas por los sucesivos gobiernos durante las últimas décadas, ya que el
Encuentro Progresista prioriza revertir el estancamiento económico y social del país,
para restituirle a todos los uruguayos un adecuado y digno nivel de vida.
3. Los objetvios planteados imponen a esta alianza política, en lo inmediato:
a. Desplegar una estrategia eficaz para la resolución de los problemas más urgentes que
afecten a la población.
b. Atender a los amplios sectores populares que padecen la agudización de la pobreza, el
desempleo y la marginación social.
4. Además, el proyecto central del Encuentro Progresista propone:
a. Transformar las estructuras productivas, ampliando su capacidad de inversión y
promoviendo una vigorosa modernización tecnológica, a fin de satisfacer equitativamente
las demandas de la población y afrontar con éxito, en buenas condiciones de competencia,
el proceso de integración regional en curso.
b. Promover una distribución equitativa de la renta y dinamizar el desarrollo social,
basado tanto en las políticas públicas, como en una armónica y satisfactoria
articulación entre sociedad y economía.
5. En tal sentido sólo queda reafirmar los conceptos expresados en las "Bases
Políticas del Encuentro Progresista", acordadas en agosto de 1994, donde se reconoce
el desafío histórico en que nos coloca esta instancia crucial de la vida política del
país, ante el cual, las diversas fuerzas políticas participantes se comprometen a
realizar, conjugadamente, todos los esfuerzos posibles para revertir dicha situación y
"abrir un camino de transformaciones profundas, que devuelva a los uruguayos la
confianza en el bienestar, la libertad y la dignidad que son posibles en nuestra
patria".
6. El Encuentro Progresista es una alianza política que expresa el acuerdo entre las
diversas fuerzas y personalidades, que han definido un proyecto político común, de
carácter democrático, popular y progresista, manteniendo una pluradidad y diversidad
ideológica. A la fecha de firmar este documento son integrantes del Encuentro Progresista
las siguientes fuerzas políticas: Frente Amplio, Partido Demócrata Cristiano, Corriente
78 y Batllismo Progresista.
7. Este acuerdo obliga a las fuerzas políticas y personalidades integrantes del Encuentro
Progresista a la unidad de acción y el acatamiento de los compromisos políticos y
programáticos, al igual que el respeto estricto a los mecanismos de resolución que se
establecen. Ello, sin perjuicio del mantenimiento pleno de la identidad histórica y de
principios que conservan las distintas fuerzas participantes.
8. La instrumentación de este proyecto alternativo reclama y se expresa en:
a. Una acción política permanente, la cual se concretará en el tratamiento de los
diversos temas en el ámbito nacional e internacional.
b. La participación unitaria en las distintas instancias electorales y de gobierno,
buscando fortalecer el desarrollo del Encuentro Progresista.
c. Esa acción unitaria se traducirá especialmente en el empleo de un sólo lema
electoral, denominado "Encuentro Progresista-Frente Amplio", así como en una
acción y estrategia comunes en los ámbitos parlamentarios y de gobierno, a nivel
nacional, departamental y local.
d. La efectivización de acuerdos de acción en ámbitos sociales e institucionales.
9. El Encuentro Progresista constituye una alianza política tanto a nivel nacional como
departamental. Por ende, son objetivos primordiales de su acción lograr representaciones
legislativas permanentes a nivel nacional y departamental, ganar el gobierno de la
República y los gobiernos departamentales de todo el país.
10. El cumplimiento de sus fines demanda el crecimiento del Encuentro Progresista,
incrementando sustancialmente su incidencia en la sociedad uruguaya. Ese crecimiento se
expresará tanto en las distintas fuerzas componentes, como en el crecimiento colectivo, a
través de la incorporación de nuevas fuerzas o de personalidades que adhieran a los
postulados del Encuentro Progresista y acuerden con su compromiso político y
programático.
11. El Acuerdo Político del Encuentro Progresista se expresará a nivel nacional y se
proyectará también a nivel departamental, procurando su adecuación a las realidades
políticas locales.
12. Los candidatos únicos y comunes, tanto nacionales como departamentales, deberán
reflejar en sus manifestaciones políticas públicas a la pluralidad de fuerzas
representadas en la alianza.
13. El presidente del Encuentro Progresista ejercerá la representación del mismo en las
diferentes instancias políticas. Sin prejuicio de ello, la Dirección nacional podrá
designar eventualmente otros representantes.
14. Para la presentación electoral de Encuentro Progresista se procurará la mejor forma
de reflejar esa pluralidad política debiendo en todo caso expresarse dicha conjunción de
fuerzas bajo el mismo lema electoral, pasando los candidatos comunes a constituirse en
candidatos del mismo, sin perjuicio de los vínculos que mantengan con las fuerzas a las
que pertenecen.
II. Carta orgánica y bases estructurales
15. El Encuentro Progresista como expresión de la alianza politica de las fuerzas y
personalidades componentes, regulará su estructura y mecanismos de resolución a través
de una Carta Orgánica. Sin prejuicio de lo anterior, cada una de las fuerzas componentes
mantendrá su estructura, sus estatutos, sus formas autónomas de decisión política y
actuará en los órganos comunes del Encuentro Progresista como una unidad.
Dicha Carta orgánica contendrá las siguientes bases:
a. Agrupación de gobierno. Se creará una agrupación de gobierno, integrada por
los dirigentes del más alto nivel de las fuerzas políticas que componen el Encuentro
Progresista, y por quienes ejerzan cargos legislativos y de gobierno, contemplando la
realidad de la voluntad ciudadana. La Agrupación de gobierno operará como ámbito de
concentración política de las responsabilidades que asuma el Encuentro Progresista a
nivel nacional o departamental.
Sin perjuicio de las normas que rijan a cada fuerza participante, la Agrupación de
gobierno impulsará un fluido relacionamiento entre las distintas fuerzas y los
gobernantes pertenecientes al Encuentro Progresista, basado en la aplicación coherente y
coordinada de programa, la corresponsabilidad y la autonomía en la gestión de gobierno.
b. Bancadas parlamentarias. Se crearán bancadas parlamentarias a nivel nacional y
departamental a fin de coordinar la acción de los legisladores nacionales y ediles
departamentales electos por el Encuentro Progresista en sus respectivos ámbitos.
c. (A ser tratado en el Plenario Nacional del 11 de octubre)
c. Organos de conducción. El Encuentro Progresista como expresión de una alianza
política plural, tendrá órganos de conducción a nivel nacional y departamental, que
ejercerán su dirección en los planos organizativos y político, de acuerdo a la
siguiente estructura:
* Dirección Nacional y Direcciones Departamentales.
La dirección nacional será representativa del acuerdo político entre las fuerzas
componentes del Encuentro Progresista. Estará integrada por el Presidente y
Vicepresidente del Encuentro Progresista, representantes de todas las fuerzas integrantes,
y los Intendentes municipales electos por el sistema electoral común. Esta Dirección
nacional será el órgano de conducción política nacional.
Las Direcciones Departamentales serán representativas del acuerdo político entre las
fuerzas componentes del Encuentro Progresista a nivel de cada departamento. Estarán
integradas con representantes de todas las fuerzas integrantes con actividad en el
departamento, el Intendente municipal electo por el lema electoral común y ediles
departamentales y locales. Esta dirección será el órgano de conducción política
departamental.
La Dirección nacional y las Direcciones departamentales adoptarán decisión en base al
voto ponderado de las distintas fuerzas componentes. Dicha ponderación tomará en cuenta
la voluntad ciudadana expresada en las urnas en elecciones nacionales y departamentales y
respetará el acuerdo político que se celebre. Las decisiones se adoptarán por mayoría
(tomando en cuenta el voto ponderado de cada fuerza), debiéndose conformar la misma por
lo menos con dos fuerzas políticas integrantes del Encuentro Progresista.
* Dirección provisoria. Hasta tanto no se designe la Dirección nacional
mantendrá la misma integración que la actual Coordinadora nacional y resolverá con el
voto afirmativo de dos de sus fuerzas componentes, siendo necesariamente una de ellas, la
fuerza mayoritaria en la última elección nacional.
III. Régimen de funcionamiento
16. Ingreso de nuevas fuerzas. El Encuentro Progresista es una alianza política
abierta al ingreso de nuevas fuerzas o grupos que compartan su compromiso político y
programático. En cada caso, el ingreso será resuelto por la mayoría de dos tercios
(tomando en cuenta el voto ponderado de cada fuerza), de la dirección nacional,
conformada al menos por dos de las fuerzas políticas participantes.
17. Unidad de acción. Los mecanismos que garanticen la unidad de acción y la
disciplina deberán respetar al máximo la democracia interna. Adoptada una resolución en
los órganos competentes y ejercidas las disposiciones orgánicas y democráticas, la
misma se constituirá en una decisión válida y obligatoria para todos los encuentristas,
tanto personalidades como fuerzas integrantes, en especial para los que ejerzan cargos
públicos.
18. Participación de las fuerzas integrantes. Las fuerzas integrantes del Encuentro
Progresista (ver numeral 7 y 16) asumirán posiciones políticas, tanto en las
Convenciones como a nivel de Dirección, nacionales o departamentales, de acuerdo a las
resoluciones adoptadas por los órganos competentes de cada una de ellas.
19. (Que corresponde al 20 del borrador original, será considerado en el Plenario
Nacional del 11 de octubre).
Ratificando este acuerdo político del Encuentro Progresista, lo suscriben los grupos o
partidos integrantes del mismo.
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